- Impuesto de vivienda: definición y propósito
- ¿Cómo se calcula el impuesto a la vivienda?
- ¿Quién está sujeto a este impuesto?
- ¿Podemos estar exentos del impuesto a la vivienda?
- El calendario para la abolición del impuesto a la vivienda
- ¿A quién le preocupa?
- La reducción del monto del impuesto a la vivienda.
El impuesto a la vivienda y el impuesto a la propiedad son los dos componentes principales de los impuestos a la propiedad. Principios, excepciones, exenciones permanentes o alivio, el impuesto a la vivienda es un impuesto con especificidades que es necesario conocer y esto, incluso si su supresión se planea a corto plazo. Esta eliminación se realizará por etapas, ¿qué hogares estarán exentos en 2020?
Impuesto de vivienda: definición y propósito
El impuesto es un impuesto que se establece y recauda todos los años de cualquier contribuyente que ocupe bienes inmuebles, ya sea como propietario o inquilino.
Este impuesto permite financiar los diversos servicios establecidos por el municipio para el bienestar de los habitantes y mejorar la calidad de los equipos colectivos. Esto se refleja en particular en el establecimiento y mantenimiento de espacios verdes, la creación y mantenimiento de instalaciones deportivas, recreación, etc.
El impuesto a la vivienda se pagará al mismo tiempo que la contribución al sector audiovisual público. Para 2020, la fecha límite de pago es el 15 de noviembre, extendida hasta el 20 de noviembre para aquellos que pagan en línea.
A saber : el impuesto a la vivienda es recaudado por el municipio y el departamento en el que se encuentra la propiedad. Por ejemplo, si el alojamiento es en París, será la ciudad de París la que recuperará la suma.
¿Cómo se calcula el impuesto a la vivienda?
El monto del impuesto se calcula de acuerdo con el valor de alquiler de la propiedad, como el impuesto a la propiedad, al que se aplica la tasa impositiva votada a nivel local. Luego se deducirán las deducciones.
¿Quién está sujeto a este impuesto?
Situaciones afectadas
El impuesto se aplica a cualquier persona que haya amueblado locales asignados a la vivienda, independientemente de la comodidad de los locales y su frecuencia de ocupación. También se refiere a segundas viviendas, que deben tenerse en cuenta durante una inversión inmobiliaria.
Personas sometidas
El sujeto pasivo es el que ocupa la vivienda efectivamente el 1 de enero del año de referencia. Es por eso que cada inquilino recibe el recibo de impuestos en el otoño.
A saber : dependencias directas como un garaje, una cabina, un taller, etc. También están preocupados si su ubicación no supera una distancia de más de un kilómetro desde el lugar de residencia.
Los estudiantes, inquilinos en un HLM, ocupantes de un alojamiento gratuito u ocupantes de una vivienda de la empresa también deben pagar el impuesto.
Propiedad y vivienda exentas
- CROUS alojamiento
Se aplica una excepción a los estudiantes que han obtenido una CROUS de vivienda, este tipo de apartamento no requiere pagar un impuesto de vivienda.
- Hábitats móviles
Las caravanas y las casas móviles están exentas de impuestos si pueden trasladarse.
Si eliminamos sus medios de movilidad, se consideran una dependencia fija y, por lo tanto, causan el pago del impuesto.
- Viviendas amuebladas vacantes
Las viviendas amuebladas vacantes no están sujetas al impuesto de vivienda. Por otro lado, pueden estar sujetos al impuesto especial sobre viviendas desocupadas.
¿Podemos estar exentos del impuesto a la vivienda?
Están exentos del impuesto a la vivienda:
- contribuyentes mayores de 60 años con un ingreso por debajo de cierto límite
- personas viudas con un ingreso por debajo de cierto límite
- titulares de la prestación complementaria pagada por el fondo de vejez o invalidez
- receptores con una discapacidad o enfermedad que hace imposible satisfacer sus necesidades.
Atención ! Las personas que cumplan con estas condiciones de exención tendrán que pagar el impuesto al principio y luego solicitar un reembolso.
Para obtener más información sobre los términos y la solicitud de esta exención: Exención del impuesto a la vivienda.
El calendario para la abolición del impuesto a la vivienda
La desaparición del impuesto a la vivienda es una de las medidas emblemáticas anunciadas por el Gobierno en el contexto de su reforma tributaria, algunas de las cuales ya se han implementado (junto con la sustitución de la ISF por la IFI)., la introducción del impuesto fijo, etc.).
La abolición del impuesto a la vivienda se producirá por etapas. Inicialmente, el 100% de los hogares franceses quedarían exentos de 2021, pero la expiración de este proyecto se extendió y la desaparición efectiva se retrasó hasta 2023. Hasta este plazo, el monto del impuesto se reducirá gradualmente.
Las autoridades fiscales pusieron en línea un simulador para permitir a los contribuyentes saber si están preocupados a partir de este año por la reforma del impuesto.
En la práctica, el calendario de eliminación es el siguiente:
- El 80% de los hogares estarán totalmente exentos del pago del impuesto a la vivienda para 2020
- el 20% restante, los hogares más ricos, se beneficiarán de esta supresión para 2023;
Atención ! Estos cambios se adquieren tan pronto como la familia y la situación financiera del contribuyente no cambian. Además, la abolición del impuesto se refiere solo a la residencia principal.
¿A quién le preocupa?
El objetivo de esta medida es generar una ganancia en el poder adquisitivo para los hogares objetivo al principio y luego para todos los contribuyentes.
Los primeros contribuyentes beneficiarios son, por lo tanto, aquellos cuyos recursos no exceden ciertos límites máximos definidos por la regulación. Estos umbrales dependen de la composición familiar del hogar.
Así, en 2020, puede quedar exento de este impuesto de la vivienda las viviendas que constituían:
- Persona soltera cuyos recursos no superen los 27 000 € anuales
- Pareja sin hijos cuyos recursos no superan los € 43, 000 anuales
- Una persona que vive sola con un niño cuyos recursos no exceden € 43, 000 por año
- Una pareja con un hijo cuyos recursos no superan los 49 000 € anuales
- De una persona que vive sola con dos hijos cuyos recursos no superan los 49 000 € anuales
- Una pareja con dos hijos cuyos recursos no superan los 55 000 € anuales
- De una persona que vive sola con tres hijos cuyos recursos no superan los 61 000 € anuales
- Una pareja con tres hijos cuyos recursos no superan los 67.000 euros anuales.
- De una persona que vive sola con cuatro hijos cuyos recursos no exceden los € 73, 000 anuales
- Una pareja con cuatro hijos cuyos recursos no superan los 79 000 € anuales.
La reducción del monto del impuesto a la vivienda.
Entre la exención y la sujeción, es posible solicitar una reducción del impuesto de residencia.
Los contribuyentes cuyos ingresos de referencia del año anterior no excedan un cierto límite (este límite se fija de acuerdo con la situación familiar de la persona en cuestión) pueden calificar para esta medida.
Se aplicará una asignación para reducir el monto del impuesto.
Para obtener más información sobre los ingresos de referencia que conducen a la reducción del impuesto a la vivienda: impots.gouv.fr.