Según un estudio publicado por Medef el 30 de noviembre de 2020, la edad y el sexo son los motivos más comunes de discriminación en el lugar de trabajo. La discriminación en el trabajo es un miedo que sienten casi la mitad de los empleados según este barómetro, una proporción que ha ido disminuyendo en los últimos años. ¿Cómo reconocer la discriminación en el trabajo? ¿Cuáles son los remedios? ¿Qué sanciones para el autor?

Discriminación en el trabajo: ¿de qué estamos hablando?

La discriminación es cuando hay una diferencia en el tratamiento que no está justificada por un requisito ocupacional esencial y decisivo y cuando dicha diferenciación no es legítima y proporcionada.

Cuando un empleador toma una decisión bajo su autoridad administrativa (contratación, promoción, sanción, transferencia, despido, capacitación, etc.), debe basarla en criterios profesionales objetivos.

Este será el caso en particular de las necesidades del trabajo, o las cualidades profesionales del empleado. Todas las demás consideraciones personales, basadas en elementos externos al trabajo (sexo, religión, apariencia física, nacionalidad, vida privada, etc.) están prohibidas por ley y constituyen delitos.

Motivos de discriminación en el trabajo

El Código del Trabajo enumera los motivos de discriminación mencionados (Artículo L. 1132-1). Las penalizaciones se penalizan por diferencias en el tratamiento debido a:

  • Desde el origen,
  • Sexo
  • Moral,
  • Por orientación o identidad sexual,
  • Desde la edad,
  • Por situación familiar o embarazo,
  • Características genéticas,
  • Perteneciente o no, verdadero o supuesto, a un grupo étnico, una nación o una raza,
  • Opiniones políticas,
  • Actividades sindicales o mutuas,
  • Convicciones religiosas,
  • Apariencia física,
  • Del apellido,
  • Desde el lugar de residencia,
  • Estado de salud o discapacidad.

A saber : la discriminación se castiga cuando la realiza el empleador pero también cuando proviene de otros empleados.

Discriminación directa, indirecta e involuntaria

La ley reprime la discriminación directa e indirecta:

  • Constituyendo discriminación directa, la situación en la que una persona es tratada de manera menos favorable que otra es, ha sido o ha sido tratada en una situación comparable debido a una de las razones enumeradas a continuación. anteriormente.
  • La discriminación indirecta es una disposición, criterio o práctica aparentemente neutral que, por una de estas razones, puede ser particularmente desventajosa para las personas en relación con los demás. Esto se refiere a casos de discriminación encubierta, o que el empleador ha generado involuntariamente.

Caso específico de discriminación por discapacidad.

Los empleados con discapacidad se benefician de medidas de protección específicas para ejercer su actividad profesional. El hecho de que el empleador no haga cumplir estas disposiciones constituye una discriminación.

Sanciones por discriminación en el lugar de trabajo.

La persona objeto de discriminación puede presentar una denuncia ante el Fiscal, la comisaría de policía, la gendarmería o el juez de instrucción superior del Tribunal Superior, de modo que los actos de los que sea víctima ser penalizado por el Tribunal Penal.

Los empleados que son víctimas o testigos de discriminación también tienen un recurso civil ante el Tribunal Industrial para que se anule la decisión basada en un motivo discriminatorio y para reclamar una indemnización por el daño sufrido. Depende de la persona discriminada presentar al juez los hechos que sugieren tal discriminación, ya sea directa o indirecta.

A saber : la acción de indemnización de los prejuicios resultantes de la discriminación se prescribe a los 5 años a partir de la divulgación de la discriminación. Este período no es susceptible al desarrollo convencional. Si se reconoce la discriminación, los daños deberán compensar todo el daño.

Corresponderá al acusado acusado de discriminación probarle al juez que su decisión está justificada por factores objetivos, que no están sujetos a ninguna discriminación.

La discriminación se castiga con 3 años de prisión y una multa de 45, 000 euros .

Probar que hay discriminación

La discriminación en el trabajo no siempre es visible y un empleado puede darse cuenta de que él o ella es la víctima después de varios incidentes aislados.

La discriminación debe ser probada y esta es una gran dificultad. Se debe tener precaución al denunciar la discriminación, ya que las diferencias de trato no constituyen en sí mismas discriminación cuando son objetivas, necesarias y apropiadas.

El intercambio con familiares, colegas, representantes del personal … puede permitir a los empleados que se consideran discriminados objetivar su visión dando un paso atrás y ver si su situación realmente presenta las características de discriminación contra ellos. trabajo.

A saber : el empleado que declara los hechos de discriminación en ningún caso puede ser castigado.

Las razones que legitiman una diferencia en el tratamiento.

Existen diferencias en el tratamiento permitidas por la ley porque se reconocen como legítimas. El empleador que los justifica objetivamente no puede ser procesado.

Este será el caso en particular:

  • Una campaña de reclutamiento reservada para mujeres cuando se trata de fotografía de moda, para asumir un papel femenino en un anuncio, etc.
  • una acción de capacitación para la cual las mujeres embarazadas serían excluidas (ejemplo: capacitación en pintura con humos que presentan riesgos para la salud)
  • un trabajo se negó a un menor debido a condiciones de trabajo inseguras.

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