En Francia, la legislación estableció el secularismo en 1905. Este principio circunscribe la religión en un contexto estrictamente privado, lo que permite que todos vivan sus convicciones libremente y que todos puedan vivir juntos sin obstáculos.
Pero en los últimos años, la cuestión del uso de símbolos religiosos en el trabajo plantea preguntas: ¿hasta qué punto es corto el secularismo? ¿Hasta qué punto la libertad de uno perturba la de los demás?
El marco legislativo en torno a los símbolos religiosos en el trabajo acaba de cambiar.

La nueva ley europea sobre el uso de símbolos religiosos en el trabajo

Una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha alterado las leyes a escala europea sobre el uso de símbolos religiosos en un entorno profesional. Estas leyes, hasta ahora, no estaban estandarizadas, pero es un primer paso en esta dirección.

A partir de ahora, la ley europea prevé que el director de una empresa puede prohibir el uso de signos de religiosos ya que:

  • No constituye discriminación (prohibir un signo y no otro), ni perjudicar
  • Si esta prohibición está prevista en los reglamentos de la compañía
  • Respeta el principio de proporcionalidad.

Esta decisión debe estar motivada por "el tamaño y la naturaleza ostentosa del signo religioso, la naturaleza de la actividad del trabajador, el contexto en el que debe ejercer su actividad, la identidad nacional del Estado miembro en cuestión".

Ley básica francesa para empresas privadas

La ley francesa todavía era relativamente vaga en esta área; Por lo tanto, la legislación europea debería ayudar a aclarar este punto.

En Francia, un empleado puede expresar sus creencias religiosas en el contexto del trabajo siempre que no afecte su salud, seguridad o el buen funcionamiento de su empresa.

Además, cualquier restricción debe ser compensada por la posibilidad de tener otros tipos de libertad y derechos fundamentales (la posibilidad de tener una sala de oración, por ejemplo).

En el sector público

En el sector público, se aplica el principio de neutralidad. De hecho, es imposible usar un signo religioso cuando uno es oficial o afiliado.

Otro paso hacia la estandarización de la ley en esta área.

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