¿Qué puede suceder si el empleado de una empresa se comunica con demasiada insistencia en las redes sociales, si alimenta comentarios movidos, por ejemplo, racistas en Twitter o Facebook? ¿El empleador tiene derecho a castigarlo? Y si es así, ¿bajo qué motivos? En un momento en que cada vez es más difícil delinear la privacidad y la vida pública, explicamos qué tiene que ver la ley con la publicación de comentarios extremistas en las redes sociales y el lugar de trabajo.

¿Dónde está el límite entre la vida pública y privada?

Debe saber que existen dos principios fundamentales en cualquier empresa: el respeto de la vida privada de los empleados y su libertad de expresión .

Sin embargo, la libertad de expresión tiene límites. Una vez que se hacen comentarios abusivos, el empleador puede tomar la decisión de castigar al trabajador, especialmente si las palabras utilizadas pueden causar daño a la empresa . Dicho esto, todavía es necesario que el jefe pueda probar que las palabras del empleado se mantuvieron en un entorno público, y no en un entorno privado o profesional.

Todo depende de la red social donde se revelaron los comentarios.

Está claro que la línea entre la vida privada y la pública es muy delgada. En Twitter, por ejemplo, los tweets están disponibles para todos de forma predeterminada. Para considerar un tweet puramente privado, sería necesario modificar los parámetros de la cuenta de antemano . En Facebook, sin embargo, la configuración está establecida en "Todos". ¡Es probable que las acciones de discurso de odio aumenten progresivamente!

¿Qué pasa con la libertad de expresión en el lugar de trabajo?

Seamos realistas. Cuando un empleado usa las redes sociales para expresar sus opiniones personales, rara vez es castigado, incluso si sus comentarios incitan al odio, que también es un delito . En teoría, un jefe no puede despedir a un empleado simplemente porque ha cometido un delito o delito.

Además, incluso si están en juego comentarios discriminatorios u homofóbicos, el empleado permanece protegido por este principio. De nuevo, ¡es difícil distinguir la privacidad y la vida pública!

Para resumir, esto es lo que la ley preveía para la expresión de lenguaje abusivo:

  • Si se mantiene una conversación privada en las redes sociales, el empleador no puede sancionar al empleado,
  • Si un empleado insulta a su empleador o colega de manera pública, puede ser fácilmente castigado,
  • Si un empleado expresa opiniones que incitan al odio, puede ser sancionado siempre que el empleador pruebe que la imagen de la compañía ha sido dañada.

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