La formación

A lo largo de la vida, concierne tanto a los empleados como a los profesionales independientes como

auto-empresarios

. Pero fue solo después de 2009, la fecha de creación del estatuto, que comenzaron a contribuir para eso.

El derecho a la formación: un derecho reciente

Desde el 1 de enero de 2020, el emprendedor automático paga un cierto porcentaje de la facturación por lo que se denomina "contribución a la formación profesional". Este dinero se usa para financiar la capacitación. Este es un monto recaudado por el Urssaf que varía según el sector de actividad y la facturación. Equivale a:

  • 0.3% de las ventas de artesanías,
  • 0.1% del volumen de ventas,
  • y 0.2% para las profesiones liberales.
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¿Quién financia estos entrenamientos?

Los fondos así recaudados se redistribuyen a un organismo conjunto autorizado (OPCA). A ellos se dirige la solicitud de financiación. Estos son la Asociación de Gestión para la Financiación de la Formación de Líderes Empresariales (Agefice), el Fondo Interprofesional para Profesionales Liberales (FIFPL) y el Fondo de Formación para Líderes Empresariales Empresariales (FAFCEA). Es necesario solicitar un mes o más antes del inicio de la capacitación. Esto irá acompañado del certificado Urssaf que justifica las contribuciones, la descripción y la estimación de la capacitación.

¿Cuánto cuesta un entrenamiento?

No debemos esperar financiar entrenamientos de diversa duración hasta varios miles de euros. Y por buenas razones, según las organizaciones, esto oscila entre 600 y 1500 euros como máximo al año. Esta es la razón por la cual cuanto antes se instruya el archivo, antes el solicitante tendrá todas las tarjetas en la mano para seguir o no la capacitación. Solo se cubren los costos educativos. Por lo tanto, no es necesario adjuntar boletos de comida o combustible.

El plazo para el pago de la ayuda.

Una vez validado el archivo, tomará varias semanas o meses recolectar los ahorros. De hecho, la estructura está esperando recibir los certificados de presencia y la factura final.

A retener

Un empresario autónomo cuyo volumen de negocios no existe durante un año no es elegible para la formación profesional. Si la contribución es obligatoria, la capacitación queda a discreción de cada empresario individual. Los montos anuales no utilizados no son acumulables de un año al siguiente. Un argumento para la formación a toda costa. ¡Y en este asunto, existe la opción!

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