Cuando un inquilino firma su contrato de arrendamiento, el alquiler que pagará al propietario se divide en dos partes: cargos de alquiler y alquiler . Esta noción sigue siendo abstracta y es frecuente preocuparse solo cuando se nota que pueden evolucionar durante el arrendamiento. Aquí hay un recordatorio para comprender y anticipar la acción a tomar en caso de cambios en su monto.

Cargos de alquiler: ¿para qué sirven?

Los gastos de alquiler son gastos relacionados con la ocupación de la vivienda. Es por eso que depende del inquilino asumirlos.

Estos cargos de alquiler se mencionan en el contrato de alquiler. Cuando hablamos del costo mensual real de la vivienda, hablamos de "alquiler incluyendo cargos". Estos son cargos que el propietario paga pero que recupera de su inquilino. Estos cargos se denominan "cargos recuperables".

En el caso de los condominios, por ejemplo, estos se pueden clasificar en 4 categorías:

  • gastos relacionados con la prestación de servicios relacionados con la vivienda o el edificio (acceso a un grifo de agua en el vestíbulo, etc.)
  • costos de mantenimiento actuales (cambio de bombillas, …),
  • reparaciones menores en áreas comunes
  • impuestos relacionados con los beneficios para el ocupante de la vivienda. Este será el caso del impuesto sobre los residuos domésticos.

Estos gastos son pagados por el inquilino, mediante provisiones mensuales, de acuerdo con el monto de los cargos de alquiler pagados el año anterior.

Lista de gastos de alquiler (recuperable)

Para evitar abusos, ya sean propietarios que transferirían gastos ilegítimos al inquilino, o aquellos inquilinos que se negarían a pagar algunas tarifas requeridas por los propietarios, el legislador ha establecido una lista exhaustiva de estos cargos.

Por ejemplo, los costos de mantenimiento de rutina y limpieza de conductos de ventilación, mantenimiento de dispositivos de apertura automáticos o codificados e intercomunicadores, los costos de consumo de agua para mantenimiento de rutina de áreas comunes, etc.

Para la lista completa de los cargos de alquiler recuperables, consulte el decreto del 26 de agosto de 1987.

Los principios fundamentales para saber

En términos de cargos de alquiler, varios principios son saber no perderse en los cálculos y plazos:

  • La cantidad anual es estimada por el propietario. Este último los desglosa durante 12 meses, que el inquilino reembolsa a posteriori, mensualmente.
  • El inquilino debe pagar allí lo mismo que el alquiler, con el mismo vencimiento
  • El propietario debe poder proporcionar al inquilino, si este último lo solicita, la declaración de los cargos anuales de alquiler sobre la base de los cuales se han calculado los cargos mensuales.
  • El propietario puede proceder con su regularización solo una vez al año.
  • El propietario puede conservar el 20% del depósito hasta el cierre anual de las cuentas del edificio en anticipación al ajuste del monto de los gastos recuperables. Luego debe devolver el resto o la totalidad de la suma dentro de un mes después de este cierre de las cuentas.

Regularización de los gastos de alquiler.

El arrendador debe ajustar anualmente el monto de los cargos de alquiler comparando lo que pagó el inquilino como parte de las disposiciones y lo que se le facturó al propietario real. La fecha de este ajuste está fijada en el contrato de arrendamiento.

Un mes antes de que se reevalúen los cargos de alquiler, el propietario debe enviar al inquilino una declaración de los gastos realmente pagados, que sirve como base para actualizar los montos solicitados.

Para saber : si el propietario no lleva a cabo esta regularización dentro de los plazos fijos, sin embargo, podrá solicitar los cargos de alquiler adicionales al inquilino en cuestión dentro de un período de 3 años.

Cargos por alquiler excesivos: ¿qué hacer?

Para atraer inquilinos, los propietarios pueden verse tentados a reducirlos en la entrada de la unidad y aumentarlos una vez que se firme el contrato de arrendamiento.

Si tiene alguna duda al respecto, o simplemente quiere aclarar la situación desde el comienzo del contrato de arrendamiento, solicite al propietario los detalles de estos cargos. Él debe darte esta información.

En caso de necesitar más información, es posible contactar a la red de ADIL (Agencia Nacional de Información de Vivienda).

Si el desacuerdo persiste entre el inquilino y el propietario, la comisión de conciliación departamental puede incautarse al principio para encontrar una solución amistosa. De lo contrario, el caso puede ser llevado ante el Tribunal de Distrito. Durante esta fase judicial, la asistencia de un abogado no es obligatoria.

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