Sí, es bastante posible no pagar. Pero cualquier compromiso contractual incluye deberes y obligaciones. Entonces, ¿cuál es el riesgo involucrado en caso de

Coprestatario

fallando?

El coprestatario al solicitar crédito

¿Qué significa coprestatario?

El coprestatario es una persona física que suscribe una hipoteca con el prestatario. ¿Quién puede ser él? Puede ser un cónyuge o una pareja que convive. La implicación de este compromiso es que los prestatarios tienen los mismos derechos y obligaciones. En otras palabras, se comprometen solidariamente a pagar el préstamo que firmaron.

Tenga en cuenta que coprestatario no significa necesariamente cocomprador si el último término no está escrito en negro sobre blanco en la escritura de venta. En la práctica, los firmantes toman prestado y adquieren simultáneamente. De lo contrario, es una garantía conjunta y solidaria.

¿Cómo se otorga el crédito?

En presencia de uno o más coprestatarios (amigos, hijos, convivientes, etc.), el banco utilizará los criterios habituales para analizar la solicitud de crédito. Sin embargo, revisará no uno sino dos o más perfiles de prestatario. Ratio de endeudamiento, capacidad de endeudamiento, contribución personal, … Todos deberán demostrar su solvencia.

¿Cuáles son los riesgos en caso de denegación de pago?

Los riesgos son muy reales para los prestatarios, pero difieren según el estado del coprestatario. Tome los dos casos clásicos de concubinato y matrimonio.

Prestatarios que viven en concubinato

Aquí todo depende de si el concubinato se ha hecho oficial por contrato o no. En el contexto de un concubinato no contractual, no hay solidaridad frente a las deudas. Tampoco hay herencia. Entonces, cuando adquieren un bien común, los dos cohabitantes compran hasta su inversión. Esto se llama indivisión. Préstamo adicional, el banco incluye una cláusula de solidaridad. Por lo tanto, puede exigir el reembolso de la deuda a los dos signatarios en caso de incumplimiento.

Para aquellos que han optado por unirse bajo el Pacto de Solidaridad Civil (PACS), la situación es diferente. Son de hecho solidarios de las deudas contraídas. Por lo tanto, si uno no paga, el otro se verá obligado a pagar.

Matrimonio y divorcio

En un matrimonio, la pareja permanece solidaria con la deuda. Y esto también es válido bajo el régimen de separación de bienes, pero solo si el cónyuge es un coprestatario. De lo contrario, el cónyuge no tendrá que liquidar el préstamo bancario. Un divorcio no cancela las deudas contraídas en común. La solución es comprar la acción. En caso de fallecimiento, las cuotas deberán pagarse de acuerdo con las condiciones del seguro de fallecimiento.

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